viernes, 2 de octubre de 2015

AMPLIACIÓN TEORÍA TEMA 3.



  • La programación general anual (PGA) es definida como el conjunto de actuaciones derivadas de las decisiones adoptadas en el Proyecto educativo elaborado en el centro y la concreción del currículo. Constituye por tanto la concreción de los criterios y orientaciones generales para cada curso escolar. La PGA facilitará el desarrollo de todas las actividades educativas, el correcto ejercicio de las competencias de los distintos órganos de gobierno y de coordinación docente y la participación de todos los sectores de la comunidad escolar. 
  • La norma que la regula: Capítulo III, título V del Decreto 233/1997 
  • La elaboración de este lo lleva a cabo el equipo directivo teniendo en cuenta los criterios adoptados por el consejo escolar, propuestas realizadas por el claustro de profesores y asociaciones de padres y madres de los alumnos. 
  • Tanto el PGA como la memoria ha de estar a disposición de todos los miembros de la comunidad educativa en formato preferentemente electrónico. Un ejemplar quedara en secretaria del centro y se entregará una copia a la junta directiva del AMPA (en formato electrónico )
  • La fecha límite para la aprobación de la PGA será el 10 de noviembre y se aprueba por el Consejo Escolar. La PGA se entrega una semana con antelación a la reunión del Consejo Escolar a los diferentes sectores. También habrá un seguimiento periódico de la misma que incluya la verificación de la adopción de medidas adecuadas en caso de incumplimiento por alguno de los miembros de la Comunidad Educativa. 
  • Debe incluir: 
  1. Criterios pedagógicos para la elaboración del horario del alumnado.
  2. Proyecto educativo y sus modificaciones.
  3. Programa anual de actividades extraescolares.
  4. Calendario de reuniones de los órganos de gobierno del centro.
  5. Calendario de evaluación e información a las familias.
  6. Los aspectos organizativos del calendarios de reuniones y entrevistas con los padres.
  7. Una memoria administrativa que incluirá el documento de organización del centro. 
  8. Las actividades de formación permanente y perfeccionamiento que afecten al profesorado.
  • Los centros pertenecientes a la Red de Centros Plurilingües incorporarán a la programación general anual los mecanismos de seguimiento y evaluación del Programa Plurilingüe que permitan valorar los resultados obtenidos y establecer, cuando sea necesario, propuestas de mejora que deberán reflejarse en la memoria final de la programación general anual de cada curso. 
  • Incluirá también el horario general del centro, la solicitud de horario especial y las programaciones didácticas. http://www.gonzaloanaya.com/documentos/inprim/R_PGA.pdf.





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